Autorización de residencia para profesionales altamente cualificados
Esta autorización de residencia temporal está dirigida a profesionales extranjeros altamente cualificados o directivos que cuenten con una oferta de trabajo en España; también se benefician las empresas interesadas en incorporar a un profesional de esas capacidades que no pertenezca a la Unión Europea, Suiza o al Espacio Económico Europeo (pueden solicitarlo empresas grandes o grupos de empresas, pymes de sector estratégico o empresas que desarrollen un proyecto empresarial de interés genera).
La residencia temporal y trabajo inicial de profesionales altamente cualificados autoriza al trabajador extranjero a desempeñar una actividad laboral para la que se requiere contar con cualificación de enseñanza superior.
Se entenderá por cualificación de enseñanza superior aquélla derivada de una formación de enseñanza superior, de duración mínima tres años y que proporcione el nivel de cualificación necesario para ejercer una profesión que exija un alto nivel de capacitación o para ingresar en un programa de investigación avanzada.
¿Qué ventajas tiene?
La autorización de residencia para profesionales altamente cualificados está considerada como una de las vías más rápidas para conseguir la residencia en todo el territorio nacional. Una vez obtenida la autorización se puede tramitar un visado de residencia, aunque el trabajador se encuentre fuera de España.
Tanto el cónyuge, los menores de edad o ascendientes a cargo podrán acompañar al trabajador.
¿Qué condiciones tiene?
- El trabajador que vaya a realizar la actividad laboral o profesional debe contar con una titulación equiparable como mínimo al nivel 1 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, correspondiente con el nivel 5A del Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente; o conocimientos y competencias que estén avaladas por una experiencia mínimo de 3 años.
- El trabajador no debe encontrarse irregularmente en el territorio español. Tampoco debe ser ciudadano de un Estado de la UE, del EEE o de Suiza.
- El trabajador no debe tener antecedentes penales, tanto en España como en su país anterior de residencia (durante los últimos 5 años).
- El empresario debe presentar un contrato de trabajo que garantice al trabajador una actividad durante el periodo de vigencia de la residencia.
- El puesto de trabajo debe tener unas funciones que se puedan asimilar a los Grupos 1 y 2 de la Clasificación Nacional de Ocupaciones 2011 (CNO- 11).
- El empresario debe contar con medios económicos, materiales o personales suficientes para el proyecto empresarial y para hacer frente a las obligaciones asumidas en el contrato.
- Haber abonado la tasa para la tramitación del visado nacional (de larga duración).
¿Qué documentación hay que presentar?
Es necesario que junto a la solicitud de la autorización de residencia se presenten los siguientes documentos.
- Original y copa del contrato de trabajo, en el modelo oficial establecido.
- Los documentos acreditativos de los medios económicos, materiales o personales.
- Copia del pasaporte completo o documento de viaje del trabajador extranjero.
- Los documentos acreditativos de la cualificación profesional legalmente exigida para desarrollar la actividad profesional.
- Perfil del puesto de trabajo.
¿Después de los 3 años se puede renovar?
Dicha inscripción tendrá una validez de 3 años renovables si se mantienen los requisitos. La renovación deberá solicitarse durante los sesenta días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de su autorización.
También se renovará a su expiración en las siguientes ocasiones:
- Cuando se acredite la continuidad de la actividad laboral que dio lugar a la concesión de la autorización.
- Cuando el trabajador haya tenido un periodo de actividad laboral de al menos tres meses por año, siempre y cuando acredite que la actividad laboral que dio lugar a la autorización se interrumpió por causas ajenas a su voluntad, que haya buscado activamente empleo o que en el momento de solicitud de la renovación tiene un contrato de trabajo en vigor.
- Cuando al trabajador se le haya otorgado una prestación contributiva por desempleo o sea beneficiario de una prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr su inserción social o laboral.
- Cuando el cónyuge cumpla con los requisitos económicos para reagrupar al trabajador.
La renovación de la autorización de residencia se hará por un periodo de 2 años, salvo que corresponda una autorización de residencia de larga duración, y permitirá el ejercicio de cualquier actividad de cualquier parte del territorio nacional.